La inteligencia artificial ya forma parte del día a día de muchas empresas. Se utiliza para redactar textos, crear imágenes, generar vídeos, resumir documentos o preparar publicaciones para redes sociales. Sin embargo, desde el 2 de agosto entran en vigor nuevas obligaciones de transparencia previstas en el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (RIA) que afectan a determinados contenidos creados o manipulados mediante IA.

El objetivo de estas medidas es sencillo: que cualquier persona pueda identificar cuándo está ante un contenido generado o alterado mediante inteligencia artificial y evitar que pueda confundirse con un contenido auténtico.

¿Qué contenidos deben etiquetarse?

Las nuevas obligaciones afectan, principalmente, a dos grandes categorías:

  • Deepfakes: imágenes, audios o vídeos generados o manipulados mediante IA que puedan hacer creer falsamente que una persona, un objeto o un acontecimiento son reales.
  • Determinados textos sobre asuntos de interés público generados por IA cuando no hayan sido objeto de una revisión humana suficiente y no exista una persona física o jurídica que asuma la responsabilidad editorial del contenido.

No significa que todo contenido creado con IA deba llevar una etiqueta. La obligación dependerá del tipo de contenido y del uso que se haga de él.

¿Cómo debe realizarse el etiquetado?

La Comisión Europea ha publicado orientaciones y propone distintos iconos para facilitar el cumplimiento de esta obligación.

Con carácter general, el etiquetado debe cumplir varios requisitos:

  • Ser fácilmente visible desde el primer momento en que el usuario accede al contenido.
  • Permanecer visible cuando el contenido se comparta o descargue.
  • Integrarse, siempre que sea posible, en el propio contenido y no quedar oculto por otros elementos.

Los iconos de transparencia de la Comisión Europea

Para facilitar el cumplimiento del Reglamento de IA, la Comisión Europea ha publicado tres iconos de referencia que permiten identificar si un contenido ha sido generado o modificado mediante inteligencia artificial. Aunque su uso no es obligatorio, constituyen el modelo recomendado para informar de forma clara a los usuarios.

 


Guia rápida:

Icono

Cuándo usar

Ejemplos de casos de uso

Icono básico

Icono básico de la UE: etiquetado de los contenidos generados por IA

Cuando la IA estuvo involucrada en la creación de contenido falso profundo (imagen, audio, video) o texto publicado o cuando se implementa una etiqueta de texto personalizada o una segunda capa interactiva

Vídeo falso profundo con la etiqueta de texto «voces generadas con» seguida del icono básico

Totalmente generado por IA

Icono de la UE: etiquetado de contenidos totalmente generados por IA

Cuando todo el contenido falso profundo (imagen, audio, video) o texto es completamente generado por IA sin elementos creados por humanos o control editorial humano (aparte de incitar)

Videos falsos profundos completamente generados por IA con políticos o eventos ficticios

Música o arte totalmente compuesto por IA*

Resúmenes de noticias generados por IA

Parcialmente modificado por IA

Icono de la UE: etiquetado de los contenidos modificados por IA

Cuando el contenido preexistente hecho por el hombre se modificó parcialmente con IA convirtiéndolo en una falsificación profunda o texto sobre asuntos de interés público

Una cara en una fotografía auténtica se intercambia con una cara de un político que usa IA

Fotografías auténticas de un apartamento vacío se amueblan con IA

*Puede disfrutar de requisitos de divulgación limitados para obras artísticas, creativas, ficticias o satíricas

El uso de estos iconos de la UE es opcional, pero no lo son los requisitos de etiquetado establecidos en el artículo 50 de la Ley de IA. El uso de estos iconos no establece el cumplimiento legal por sí mismo. Los implementadores siguen siendo responsables de garantizar que cualquier divulgación cumpla los requisitos del artículo 50 de la Ley de IA. Los signatarios del Código de buenas prácticas sobre marcado y etiquetado de contenidos generados por IA deben aplicar debidamente las medidas que contiene.

 

Si tu organización utiliza herramientas de inteligencia artificial para crear contenido, es recomendable revisar:
  • Qué herramientas de IA utiliza.
  • Qué tipo de contenidos genera.
  • En qué casos puede existir obligación de informar al usuario.
  • Si dispone de procedimientos internos para revisar y aprobar esos contenidos antes de su publicación.

Estas obligaciones forman parte del proceso de adaptación al Reglamento Europeo de IA y se suman a otras medidas de cumplimiento que las organizaciones deberán implantar progresivamente.

En Umbra Abogados ayudamos a empresas y profesionales a adaptarse al Reglamento Europeo de IA mediante auditorías, políticas internas, formación y alfabetización así como asesoramiento especializado. Si utilizas inteligencia artificial en tu actividad, este es un buen momento para comprobar si ya cumples con las nuevas obligaciones de transparencia.

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