¿Puede una empresa contratar a un detective privado para vigilar a un trabajador?

Una empresa decidió contratar a un detective privado para seguir a uno de sus empleados durante varios meses. Sospechaban que estaba incumpliendo un pacto de no competencia… pacto que en realidad el trabajador nunca había firmado.

El detective lo vigiló, lo siguió, lo fotografió con su hija, su perro, en el bar de la esquina…El trabajador se dio cuenta de que estaba siendo seguido y denunció el caso ante la policía.

El Tribunal Superior de Justicia fue claro:

  • No había indicios suficientes de una conducta ilícita que justificara la contratación de un detective.
  • El seguimiento fue intrusivo, desproporcionado e innecesario.
  • Resultado: la empresa fue condenada a indemnizar al trabajador con 000 euros.

Entonces, ¿está prohibido contratar detectives?
❌ No. Pero sí deben cumplirse ciertos requisitos legales para que la contratación y el trabajo del detective sea lícito:
✅ Que existan indicios reales de una conducta ilícita.
✅ Que la investigación respete los principios de proporcionalidad y necesidad.
✅ Que no se vulneren derechos fundamentales, como la intimidad o el derecho a la protección de datos.

Antes de iniciar una investigación de este tipo, asesórate con profesionales en protección de datos y derecho laboral.

En Umbra Abogados te ayudamos a actuar dentro del marco legal y evitar consecuencias indeseadas.

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