¿Por qué debes formar a tus trabajadores en materia de igualdad?

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2007, en su artículo 45.1, “las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres”.

El desarrollo de planes de igualdad contribuye a lograr estos fines, sin embargo,

“Es la formación y sensibilización de los trabajadores la medida que de forma efectiva traslada estos valores a la plantilla y permite cumplir con la mencionada ley

No debe olvidarse que la mencionada Ley Orgánica 3/2007 establece:

“Los representantes de los trabajadores deberán contribuir a prevenir el acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo mediante la sensibilización de los trabajadores y trabajadoras frente al mismo”.

Aunque la empresa no esté obligada por tamaño a tener un Plan de Igualdad implantado (están obligadas las empresas a partir de 50 empleados), sí tienen obligaciones relacionadas con la formación en materia de igualdad. Entre ellas, la formación es un requisito indispensable, tanto si tenemos la intención de elaborar un Plan de Igualdad, como si no estamos obligados a desarrollarlo.

¿Por qué qué impartir cursos de igualdad a los trabajadores?

Esta pregunta, junto a otras como el coste de la formación de igualdad o la forma de impartición del curso, va a ser fundamental a la hora de elegir el tipo de formación a realizar.

Como se ha referido anteriormente, la sensibilización, que se logra mediante formación, viene establecida como una tarea que debe llevar a cabo la empresa.

¿Cuanto cuestan los cursos de igualdad?

El coste suele depende de la cantidad de horas. Los cursos que ofrece Umbra Formación, se realizan en nuestra plataforma e-learning, son interactivos y cuentan con videos y ejercicios practicas que motivan el rendimiento y aprovechamiento del alumno. Los precios, el menos los de nuestros catálogos de formación, van desde los 225€ hasta los 750€. Un curso de 50 o 60 horas suele ser más que suficiente para que la plantilla esté debidamente formada.

*Descarga nuestro catalogo de cursos en materia de igualdad Aquí.

El coste no suele ser obstáculo para la impartición de cursos ya que, al menos los cursos ofrecidos por Umbra Formación pueden ser bonificados íntegramente, por lo que no supondrían un coste añadido a la empresa.

Se debe tener en cuenta que no todas las empresas están habilitadas para gestionar la formación bonificada ya que deben estar inscritas en el registro de la Fundación Estatal para el Empleo (FUNDAE), como entidades organizadoras. De igual forma los cursos para ser bonificados, deben cumplir una serie de requisitos establecidos por ley, como contar con tutores especializados, garantizar un numero de horas un seguimiento detallado del alumno, y este ultimo deberá cumplir unas horas de conexión además de realizar todos los exámenes. En este sentido recomendamos elegir un proveedor seguro, que garantice el cumplimiento de los requisitos, así como que cuente con un dpto. que sea capaz de solucionar las incidencias que puedan presentarse y llevar a cabo correctamente esta bonificación. El incumplimiento de los requisitos puede conllevar la exigencia de devolución de importes bonificados y sanciones.

 

¿Quién debe recibir la formación de igualdad de género?

Aunque lo ideal sería que todos los trabajadores recibieran la formación, la realidad es que, por limitaciones temporales, económicas y de muchos otros tipos, esto no siempre va a poder ser. Por lo tanto, en función de nuestros objetivos previamente planteados, tendremos que extraer los agentes clave, que serán los que recibirán la formación y/o sensibilización.

Obligatoriedad del protocolo de acoso laboral en empresas

Como consecuencia de la mencionada ley, se ha establecido como obligatorio para todas las empresas la elaboración de un Protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo, también llamado comúnmente »Protocolo de Acoso». Se trata un documento que recoge los procedimientos de actuación y prevención del acoso sexual por razón de sexo en el trabajo. Este protocolo, que incluye las pautas para identificar una situación de acoso y el procedimiento a seguir en caso de que ocurra, es obligatorio para todas las empresas independientemente del número de trabajadores.

En el caso de que la empresa sufra una denuncia por un caso de acoso sexual o por razón de sexo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le solicitará las medidas, que, en esta materia, la empresa tiene adoptadas o en su caso el Protocolo Preventivo contra el Acoso Sexual o por Razón de Sexo. Se trata de un manual obligatorio para todas las empresas cuya inexistencia será juzgada en dicha inspección la cual determinará el grado y el importe de la sanción.

Además, una empresa que no cumpla con la obligación de tener un protocolo para el acoso laboral puede ser sancionada, además de ser denunciada ante los tribunales.

Las sanciones que pueden imponerse a las empresas por no tener un protocolo en contra de la violencia laboral y el acoso sexual o por razón de sexo podrían ser:

Multas de 7.501 a 30.000 euros para las infracciones leves
Multas de 30.001 a 120.005 euros para las infracciones graves
Multas de 120.006 a 225.018 euros para infracciones muy graves

¿Necesitas asesoramiento para desarrollar tu plan de igualdad, tu registro retributivo salarial o tu protocolo de acoso?

¿Necesitas formar a tu plantilla con cursos bonificados en materia de igualdad?

Contáctanos en info@umbraconsulting.es

 

 

Lilliam Valenzuela

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