Si tu empresa usa, integra o desarrolla inteligencia artificial —aunque sea como parte de otro producto o servicio— esto te interesa.
El pasado mes, la Comisión Europea publicó el Capítulo de Transparencia del Código de Prácticas para Modelos de IA de Propósito General, una guía práctica dirigida a todas las empresas que operan con IA y que deberán cumplir con el Reglamento de Inteligencia Artificial (RIA), que empieza a aplicarse progresivamente desde este año.
Este documento no es opcional para muchas compañías: es una herramienta para cumplir con las obligaciones legales de transparencia que el Reglamento impone a quienes ponen en el mercado modelos de IA o los utilizan dentro de productos de alto impacto.
¿Qué es esta guía y a quién va dirigida?
Es una guía práctica redactada por expertos en colaboración con la Comisión Europea, destinada a las empresas que:
- Desarrollan modelos de IA de propósito general (como grandes modelos de lenguaje, asistentes generativos, etc.).
- Usan esos modelos dentro de sistemas de IA propios.
- Venden o integran modelos entrenados o adaptados para tareas específicas.
El documento detalla cómo cumplir con las obligaciones de transparencia recogidas en el artículo 53 del RIA. Estas obligaciones afectan especialmente a sectores como recursos humanos, banca, sanidad, seguros, educación, servicios públicos o cualquier actividad donde una decisión automatizada pueda afectar a personas.
📄 Puedes descargar aquí el documento traducido al español: Código de Prácticas para Modelos de IA – Capítulo de Transparencia
📑 ¿Qué contiene la guía?
La guía se estructura en torno a tres medidas principales:
- Documentación del modelo : Obligación de mantener un archivo técnico con información clara sobre el funcionamiento del modelo, datos utilizados, consumo energético, limitaciones técnicas y condiciones de uso. Este documento debe mantenerse actualizado durante al menos 10 años.
- Transparencia hacia terceros: Se debe facilitar acceso a información técnica relevante a la Oficina de IA de la UE, a las autoridades nacionales y a los proveedores posteriores que integren o distribuyan modelos derivados.
- Calidad, integridad y seguridad: Se exige que toda esta información esté protegida contra manipulaciones, cumpla estándares de calidad y esté custodiada como evidencia de cumplimiento legal.
Además, se incluye un formulario modelo que facilita este trabajo y que puede adoptarse como plantilla oficial para demostrar que la empresa cumple con lo previsto por el Reglamento.
🙋♂️ ¿Cómo pueden los proveedores de IA adherirse y cuáles son los beneficios?
La adhesión al Código está abierta a todos los proveedores de modelos de IA de propósito general que operen o prevean operar en el mercado de la UE.
📌 La Oficina de IA anunciará próximamente el procedimiento formal de adhesión.
Adherirse al Código ofrece importantes ventajas:
- Permite demostrar de forma sencilla y transparente el cumplimiento de las obligaciones legales.
- Implica un proceso de cumplimiento más ágil, con la supervisión centrada en verificar el seguimiento del propio Código.
- Reduce la incertidumbre jurídica y la carga administrativa, ofreciendo mayor previsibilidad.
🔜 ¿Cuáles son los próximos pasos tras la publicación del Código?
Con la publicación de este Capítulo de Transparencia, comienza una nueva fase de implementación:
- La Comisión Europea y los Estados miembros evaluarán la adecuación del Código como instrumento voluntario.
- Se publicarán directrices complementarias antes de la entrada en vigor del régimen obligatorio, que aclararán:
- Qué empresas están sujetas a las nuevas obligaciones.
- Qué modelos se consideran dentro o fuera del ámbito de aplicación.
- A partir del 2 de agosto de 2025, los proveedores que introduzcan modelos de IA de propósito general en el mercado europeo deberán cumplir con sus obligaciones bajo el Reglamento.
- Además, los modelos con riesgo sistémico deberán notificarse sin demora a la Oficina de IA.
- Durante el primer año (hasta agosto de 2026), la Oficina de IA colaborará activamente con los proveedores que se adhieran al Código para facilitar su adaptación sin interrupciones comerciales.
- La buena fe en el cumplimiento progresivo será valorada positivamente, y no se considerará incumplimiento si la empresa firmante no alcanza inmediatamente todos los estándares.
- Sin embargo, a partir del 2 de agosto de 2026, se exigirá el cumplimiento pleno y podrán imponerse sanciones.
- Finalmente, los modelos que ya estén en el mercado antes del 2 de agosto de 2025 deberán adaptarse como máximo el 2 de agosto de 2027.
🧭 ¿Qué deben hacer las empresas ahora?
Si tu empresa opera con modelos de IA —ya sea como desarrollador, integrador o usuario— te recomendamos:
- Identificar qué modelos de IA de propósito general utilizas o comercializas.
- Clasificar si alguno entra dentro del ámbito de alto riesgo.
- Adoptar la plantilla oficial de documentación publicada por la Comisión.
- Diseñar un sistema interno de actualización, custodia y acceso a esa información.
- Adherirte al Código tan pronto se abra el proceso.
- Asegurar la coordinación con tu equipo jurídico y de protección de datos.
🤝 Podemos ayudarte
Desde nuestro despacho asesoramos a empresas que usan o integran IA en sus productos o servicios. Te ayudamos a:
- Revisar tus obligaciones bajo el Reglamento.
- Preparar tu adhesión al Código.
- Elaborar la documentación técnica requerida.
- Comunicarse correctamente con la Oficina de IA o autoridades nacionales.
- Implantar un sistema de cumplimiento ágil y realista.
⚠️ Recuerda: a partir de agosto de 2025, el incumplimiento podrá suponer sanciones de hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio global.
📩 ¿Quieres que revisemos tu caso? Escríbenos y concertamos una primera sesión informativa sin coste.




